La batalla judicial por el Camping Correntoso ha llegado a una instancia decisiva en el ámbito provincial. En un fallo dictado este miércoles, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén declaró inadmisibles los recursos de casación y nulidad interpuestos por la comunidad mapuche Paicil Antriao, dejando firme la sentencia que ordena la restitución del predio a la Municipalidad de Villa la Angostura.
La resolución del TSJ cierra la puerta a los intentos de la defensa, encabezada por el abogado Virgilio Sánchez, de revertir o dilatar el proceso a través de la justicia neuquina. Los jueces del máximo tribunal avalaron lo actuado por las instancias inferiores y desestimaron los argumentos que buscaban impugnar la competencia del juzgado local para ejecutar el desalojo.
El rol del Juzgado local Con esta decisión, se despeja el camino procesal para que el expediente regrese a su jurisdicción de origen. La ejecución de la sentencia queda ahora en manos del Juez Francisco Astoul Bonorino, titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Villa la Angostura.
Cabe recordar que la sentencia de fondo —que determinó que la comunidad no pudo acreditar la posesión ancestral del lote ocupado desde 2011— ya había adquirido firmeza a finales de 2024. Lo que se debatía en estos últimos meses eran recursos procedimentales sobre cómo y quién debía llevar adelante la restitución.
¿Qué pasa con la Corte Suprema? Si bien la defensa de la comunidad Paicil Antriao ha presentado recursos de "Queja" ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), fuentes judiciales explicaron que dicha interposición no tiene efectos suspensivos sobre la sentencia provincial, salvo que el máximo tribunal nacional ordene expresamente lo contrario, algo que hasta la fecha no ha ocurrido.
El conflicto, que lleva más de 15 años de tensión y litigio, entra así en su etapa de definición operativa, con la orden judicial de recuperar el dominio público del balneario municipal plenamente vigente.
