La Cámara de Diputados de la provincia aprobó este miércoles por unanimidad la ley de creación del Sistema Provincial de Manejo del Fuego. La iniciativa, que busca ordenar la prevención y el combate de incendios forestales y rurales, establece un nuevo marco normativo con impacto directo en localidades de zona cordillerana como Villa La Angostura, al fijar obligaciones específicas para el Municipio y los particulares.
La norma, sancionada durante la 27° sesión ordinaria, crea un sistema integral compuesto por planes provinciales, municipales y prediales. Su objetivo es coordinar la actuación de los distintos organismos y definir procedimientos claros ante situaciones de riesgo o emergencia, designando a la Secretaría de Emergencias y Gestión de Riesgos como autoridad de aplicación.
Nuevos deberes para el Municipio
Uno de los puntos centrales de la ley es la asignación de funciones específicas a los gobiernos locales. Según el texto aprobado, el Municipio deberá elaborar planes locales de protección contra incendios forestales, rurales y de interfase, un aspecto crítico para nuestra localidad dada la urbanización inmersa en el bosque nativo.
Estos planes deberán integrarse a la estrategia provincial. Además, la normativa exige la adopción de medidas de prevención en áreas cercanas a los cascos urbanos, la conformación de brigadas locales mínimas y la capacitación anual del personal municipal en tareas de prevención y combate.
Fondo específico y obligaciones para privados
La ley crea el "Fondo Provincial de Manejo del Fuego y Recuperación Ambiental", que se dividirá en dos cuentas: una para prevención y combate, y otra destinada a la restauración ambiental de las áreas afectadas, administrada por la Secretaría de Ambiente.
Para los propietarios de predios rurales, se fijan obligaciones en materia de silvicultura preventiva, tales como la realización de picadas, cortafuegos y limpieza de alambrados. También se establece una contribución voluntaria para propietarios y ocupantes, cuya adhesión será automática (aunque se podrá renunciar por escrito) y cuyo monto se definirá en proporción a la superficie ocupada.
El régimen sancionatorio prevé multas que van de 10 a 20.000 jus, además de apercibimientos y suspensión de permisos.
Consenso legislativo
Durante el debate, el diputado Claudio Domínguez (MPN) destacó que la ley permitirá trabajar "en el antes, durante y después", y subrayó la importancia del "ataque inicial" en zonas remotas. También ponderó el uso de georreferenciación para ubicar reservorios de agua y cortafuegos.
Por su parte, el diputado Gabriel Álamo (MPN) resaltó que la normativa abarca transversalmente la problemática y valoró la participación de comunidades mapuches y especialistas que aportaron su experiencia territorial. En tanto, desde el bloque de Fuerza Libertaria, Alberto Bruno destacó el "cambio de paradigma" hacia un enfoque preventivo.
