El juez de primera instancia en lo civil y comercial de Villa La Angostura, Francisco Astoul Bonorino, dio por concluida la instancia de conciliación que la Municipalidad y la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao habían acordado en junio de 2025 con el objetivo de encontrar una salida negociada al conflicto por el camping del lago Correntoso. Un año después, sin ningún acercamiento concreto entre las partes, el magistrado dispuso la continuidad de los plazos procesales.
La consecuencia directa es que retoma vigencia la sentencia que ordena a la comunidad Paichil Antriao restituir el predio al municipio, con la orden de desalojo como mecanismo de ejecución en caso de que el retiro no se produzca en forma voluntaria. Fuentes judiciales confirmaron a este medio que el municipio presentó un escrito solicitando expresamente que la causa retome su curso.
Qué se acordó en 2025 y qué no se logró
En junio del año pasado, el Gobierno municipal y la comunidad habían acordado iniciar un período de diálogo para intentar resolver de manera integral el conflicto por el camping Correntoso —cuyo dominio el Superior Tribunal de Justicia (TSJ) de Neuquén ya había confirmado como perteneciente al municipio— y también un conflicto vinculado a otro lote lindero que la comunidad ocupa y que el municipio igualmente reclama.
El juez Astoul Bonorino homologó esa instancia y la extendió en dos oportunidades a pedido de ambas partes. Sin embargo, no hubo ningún acercamiento que permitiera avanzar hacia un acuerdo. El municipio no ha podido recuperar el camping desde finales de 2011, cuando la comunidad lo ocupó.
Catorce años de conflicto y sentencia firme
El origen del proceso judicial se remonta a 2012, cuando el entonces intendente Roberto Cacault (MPN) presentó la demanda civil para recuperar el predio. Dado que la comunidad recusó al juez local Jorge Videla —quien aceptó apartarse del caso—, la causa fue remitida al Juzgado Civil y Comercial 2 de Junín de los Andes, a cargo del juez Andrés Luchino.
En diciembre de 2019, Luchino dictó la sentencia que condenó a los ocupantes y a la comunidad Paichil Antriao a restituir el camping, con advertencia de desalojo en caso de incumplimiento. Tras años de recursos y apelaciones, el 11 de abril de 2024 el TSJ neuquino rechazó las impugnaciones de la comunidad y confirmó esa sentencia. El máximo tribunal provincial también desestimó el recurso extraordinario federal que la comunidad había presentado para habilitar el control de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, dejando la sentencia firme en el ámbito provincial.
Las vías recursivas que la comunidad mantiene abiertas
Sin embargo, el desalojo no es inmediato. La comunidad, a través de su apoderado legal Virgilio Sánchez, sostiene que la Corte Suprema aún no se pronunció sobre una queja presentada directamente ante el máximo tribunal del país, por lo que considera que ese camino no está cerrado.
En paralelo, la comunidad había presentado recursos cuestionando la competencia del juez Astoul Bonorino para ejecutar la sentencia —argumentando que el expediente no debía ser remitido desde Junín de los Andes al Juzgado Civil de VLA—. Esos recursos fueron rechazados tanto en primera como en segunda instancia. La última alternativa es un recurso extraordinario federal sobre esa misma cuestión de competencia.
El 7 de mayo pasado, el fiscal general José Ignacio Gerez recomendó al TSJ de Neuquén que declare la inadmisibilidad de ese recurso extraordinario. La resolución final del TSJ sobre ese planteo todavía está pendiente.
