Sigue firme el desalojo de las comunidades Melo y Quintriqueo

El conflicto territorial que mantiene en vilo a un sector de la zona rural, ubicado a unos 35 kilómetros de Villa la Angostura, sumó un nuevo capítulo judicial. El titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería local, Dr. Francisco Astoul Bonorino, resolvió rechazar "in limine" el planteo de nulidad de la orden de ejecución de la sentencia de desalojo que pesa sobre los integrantes de las comunidades mapuches Quintriqueo y Melo.

El magistrado consideró que el recurso presentado por el abogado de las comunidades, Virgilio Sánchez, es "manifiestamente improponible". La sentencia ratifica que el lote debe ser restituido a su propietaria, María Cristina Broers, quien fue despojada de la posesión del inmueble hace más de diez años.

Los argumentos del Juez En su resolución, dictada este martes 7 de abril, Astoul Bonorino afirmó que las actuaciones del juzgado son "ajustadas a derecho". Destacó que el intento de desalojo realizado días atrás fue en estricto cumplimiento de una orden dictada el 3 de abril de 2025, cuyo mandamiento fue librado el 7 de mayo del mismo año.

"Es menester recordar que las actuaciones del oficial de justicia respecto del cumplimiento de las fases de dicho desalojo se realizan facultativamente por el mismo fuera de impulso de parte", señaló el juez, desestimando las acusaciones de la defensa sobre un presunto "actuar subrepticio".

La postura de la defensa Por su parte, el abogado Virgilio Sánchez fundamentó su pedido de nulidad argumentando que no se puede llevar adelante un desalojo sin comunicación previa a la comunidad, citando el Convenio 169 de la OIT. Sánchez sostuvo que existe una vulneración al derecho de defensa y señaló contradicciones con otras causas que la comunidad impulsa contra Broers. Ante el rechazo del juez, el letrado ya adelantó que apelará la resolución.

Intervención Policial y Fase de Ejecución Fuentes judiciales confirmaron que la ejecución de la sentencia "sigue en trámite y nunca se suspendió". No obstante, quedó registrado que en el último intento de procedimiento, la Policía neuquina no brindó el acompañamiento necesario debido a una orden ministerial.

El juez detalló que, dada la conflictividad del caso y para evitar la frustración de la orden judicial, se mantuvo comunicación con el Ministerio de Seguridad y la Jefatura de Policía desde febrero de este año. La justicia sostiene que la oportunidad para impugnar la orden ya se encuentra precluida, por lo que el proceso administrativo para el desalojo físico continúa su curso bajo los parámetros de la "Guía de Intervención en Desalojos".

Comentarios

Comentar artículo